Artículo 320. Hecho imponible.
Artículo 320 de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias. · BOE-A-2013-2558
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-12-02.
Texto consolidado
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación por los órganos administrativos competentes, de los servicios administrativos relativos a la acreditación como entidad de voluntariado y su inscripción o, en su caso, a la renovación de la inscripción en el Registro Central de Entidades de Voluntariado.