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Resolución Derogada 8 redacciones

Artículo 32. Departamentos adscritos al Presidente y al Vicepresidente.

Artículo 32 de la Resolución de 10 de julio de 2003, del Consejo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. · BOE-A-2003-14411

Atención: BOE-A-2003-14411 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Dependerá directamente del Presidente la Secretaría General, a la que corresponderá:

a) Atender al gobierno, administración y régimen interior de la CNMV.

a) Administrar los recursos humanos de la CNMV.

b) Coordinar la gestión económica del organismo, llevar su contabilidad, elaborar los anteproyectos de presupuestos, tramitar sus modificaciones, y coordinar los servicios de pagaduría, caja y recaudación de tasas.

c) Dirigir y organizar los servicios generales de registro, archivo, seguridad, vigilancia, comunicaciones, conservación y mantenimiento de la CNMV.

d) Dirigir y coordinar los diferentes registros especiales.

e) Instruir y tramitar los expedientes de contratación administrativa.

2. Dependerá directamente del Vicepresidente el Departamento de Sistemas de Información, al que corresponderá:

a) Planificar y gestionar los servicios informáticos de la CNMV.

b) Diseñar, programar, implantar y mantener las aplicaciones informáticas de la CNMV.

c) Dirigir la política de seguridad informática de la CNMV.

d) Prestar asistencia técnica a los diferentes servicios de la CNMV en materia informática.

e) Elaborar los criterios generales para la evaluación y selección de los equipos informáticos.

f) Actualizar y gestionar la página web de la CNMV de conformidad con las instrucciones recibidas de la Dirección de Comunicación y, en última instancia, de la Dirección General de Política Estratégica y Asuntos Internacionales.

Se renumeran los apartados 4 y 5 como 2 y 3 y se suprime la letra f) del apartado 2 por el art. único.17 de la Resolución de 20 de abril de 2016. Ref. BOE-A-2016-4357.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-07-31.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 8 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2017-9079.

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