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Real Decreto Vigente

Artículo 32. Medidas por Administración competente.

Artículo 32 del Real Decreto 35/2023, de 24 de enero, por el que se aprueba la revisión de los planes hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Occidental, Guadalquivir, Ceuta, Melilla, Segura y Júcar, y de la parte española de las demarcaciones hidrográficas del Cantábrico Oriental, Miño-Sil, Duero, Tajo, Guadiana y Ebro. · BOE-A-2023-3511

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-02-11.

Texto consolidado

En el siguiente cuadro se indican los porcentajes de financiación del programa de medidas asumidos por cada grupo de autoridades competentes:

Administración competente

Porcentaje de financiación

(%)

Administración General del Estado.

35,5

Administración de las Comunidades Autónomas.

35,2

Entidades locales.

29,1

Otros.

0,2

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-02-11.

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