Artículo 32. Régimen jurídico.
Artículo 32 del Real Decreto 2823/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Gerencia de Infraestructuras de la Seguridad del Estado. · BOE-A-1999-1365
Atención: Real Decreto 2823/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Con arreglo a la normativa urbanística aplicable, para el mejor cumplimiento de las funciones que corresponden a la GISE, podrán celebrarse convenios urbanísticos con Comunidades Autónomas, Corporaciones locales o entidades instrumentales de éstas que podrán referirse a las propias necesidades que se trata de satisfacer mediante la elaboración y aprobación del planeamiento urbanístico adecuado o a las actuaciones jurídicas necesarias para la ejecución del planeamiento ya aprobado.