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Real Decreto Derogada

Artículo 31. Normas particulares.

Artículo 31 del Real Decreto 2823/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Gerencia de Infraestructuras de la Seguridad del Estado. · BOE-A-1999-1365

Atención: Real Decreto 2823/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La adquisición onerosa de inmuebles tendrá lugar mediante concurso público. No obstante, el Ministro del Interior podrá autorizar la adquisición directa cuando lo considere preciso o conveniente por las circunstancias concurrentes, las peculiaridades de la necesidad a satisfacer o la urgencia de la adquisición que se pretenda efectuar.

2. La adquisición de bienes inmuebles a título oneroso o gratuito requerirá el previo informe favorable del Ministerio de Economía y Hacienda de acuerdo con el artículo 48.1 de la Ley 6/1997. El informe deberá ser notificado a la GISE en el plazo de dos meses desde su solicitud, entendiéndose en sentido favorable a la adquisición la falta de contestación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-01-22.

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