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Real Decreto Vigente

Artículo 32. Obligación general.

Artículo 32 del Real Decreto 203/1995, de 10 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de aplicación de la Ley 5/1984, de 26 de marzo, reguladora del derecho de asilo y de la condición de refugiado, modificada por la Ley 9/1994, de 19 de mayo. · BOE-A-1995-5542

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-03-03.

Texto consolidado

Todo refugiado tendrá el deber de acatar la Constitución y el ordenamiento jurídico español.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-03-03.

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