Artículo 32. Plan anual de actividades y memoria de gestión.
Artículo 32 de la Ley Foral 10/2009, de 2 de julio, de Museos y Colecciones Museográficas Permanentes de Navarra. · BOE-A-2009-13502
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-07-18.
Texto consolidado
1. Los centros adscritos al Sistema de museos y colecciones museográficas permanentes de Navarra deberán contar con un plan anual de actividades. Este plan contendrá las previsiones de investigación, conservación, restauración, mantenimiento, difusión y administración que va a tratar de desarrollar el centro correspondiente.
2. El departamento competente establecerá, mediante desarrollo reglamentario, las recomendaciones técnicas para la elaboración del plan anual de actividades y de la memoria de gestión.