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Ley Derogada

Artículo 32.

Artículo 32 de la Ley 9/1989, de 5 de octubre, de Ordenación de la Actividad Comercial en Aragón. · BOE-A-1989-25944

Atención: Ley 9/1989 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En las modalidades de venta a distancia las ofertas deberán ser claras y completas, incluyendo, como mínimo, los datos de identificación de la Empresa oferente, descripción clara del producto o servicio de que se trate, condiciones de venta o de prestación del servicio, precio y forma de pago, garantías, plazo de envío y, si los hubiere, gastos que deban ser abonados por el comprador.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1990-01-01.

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