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Ley Vigente

Artículo 32.

Artículo 32 de la Ley 7/2000, de 23 de noviembre, de Ordenación del Aprovechamiento de Pastos, Hierbas y Rastrojeras. · BOE-A-2001-428

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2000-12-25.

Texto consolidado

1. Las infracciones leves prescribirán a los seis meses de su comisión, las graves a los dos años y las muy graves a los tres años.

2. Las sanciones impuestas por faltas leves prescribirán al año, las impuestas por faltas graves, prescribirán a los dos años y las impuestas por faltas muy graves, prescribirán a los tres años.

3. La acción para perseguir las infracciones caducará al año de haberse conocido los hechos por quien tiene la competencia para iniciar el procedimiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-12-25.

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