Artículo 32.
Artículo 32 de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de Policías Locales de Canarias. · BOE-A-1997-17140
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-08-16.
Texto consolidado
El Gobierno de Canarias establecerá mediante reglamento, un sistema de ayudas económicas que se estimen más adecuadas para los que accedan como alumnos a la Academia Canaria de Seguridad, tanto en los cursos de selección a Policía y demás empleos, como en aquellos de perfeccionamiento, especialización y reciclaje.