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Ley Vigente

Artículo 32. Adopción y acogimiento familiar.

Artículo 32 de la Ley 4/2018, de 19 de abril, de Identidad y Expresión de Género e Igualdad Social y no Discriminación de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2018-7154

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-05-08.

Texto consolidado

1. Se garantizará, de conformidad con la normativa vigente, que, en la valoración de la idoneidad en los procesos de adopción y acogimiento familiar, no exista discriminación por motivo de identidad o expresión de género.

2. En los centros de personas menores se trabajará la diversidad familiar, con el fin de garantizar que las personas menores que sean susceptibles de ser adoptadas o acogidas sean conocedoras de la diversidad familiar por razón de identidad o expresión de género.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-05-08.

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