Artículo 32. Procedimiento sancionador.
Artículo 32 de la Ley 4/2007, de 28 de marzo, de Protección Ciudadana de Castilla y León. · BOE-A-2007-9097
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-07-07.
Texto consolidado
El ejercicio de la potestad sancionadora se realizará de acuerdo con lo dispuesto en las leyes reguladoras del régimen jurídico del sector público y del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas y sus normas de desarrollo; así como de la normativa autonómica que le sea de aplicación.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2017-9778.