Artículo 32. Del ámbito del secreto estadístico.
Artículo 32 de la Ley 4/2005, de 5 de octubre, de estadística de Cantabria. · BOE-A-2005-18359
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-11-06.
Texto consolidado
Serán objeto de protección y quedarán amparados por el secreto estadístico los datos protegidos relativos a personas físicas o a personas jurídicas.
Se entiende por datos protegidos relativos a personas físicas o a personas jurídicas aquellos que permitan la identificación directa de los interesados o bien aquellos que por su estructura, contenido o grado de desagregación permitan la identificación indirecta de los mismos.