Artículo 32. Tipo de gravamen en negocios sobre bienes inmuebles.
Artículo 32 de la Ley 25/1998, de 31 de diciembre, de Medidas Administrativas, Fiscales y de Adaptación al Euro. · BOE-A-1999-2521
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-03-15.
Texto consolidado
(Derogado)#dd#a1-56
Se derogan los apartados 2 y 3 por la disposición derogatoria única.1.) de la Ley 31/2002, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2003-1056
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 8 redacciones. La redacción vigente la dio Decreto Legislativo 1/2024, de 12 de marzo, por el que se aprueba el libro sexto del Código tributario de Catalunya, que integra el texto refundido de los preceptos legales vigentes en Catalunya en materia de tributos cedidos..