Artículo 32. Prescripción de infracciones y sanciones.
Artículo 32 de la Ley 2/2013, de 25 de abril, del juego y las apuestas de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2013-10413
Atención: Ley 2/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Las infracciones leves prescribirán al año, las graves a los dos años, y las muy graves a los tres años.
2. Las sanciones impuestas por faltas leves prescribirán al año, las impuestas por faltas graves a los dos años y las impuestas por faltas muy graves a los tres años.