Artículo 32. Prohibición de la venta en pirámide.
Artículo 32 de la Ley 11/2014, de 15 de octubre, de comercio de las Illes Balears. · BOE-A-2014-11805
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-10-19.
Texto consolidado
Se prohíbe la venta hecha por el procedimiento llamado en cadena o en pirámide. Son prácticas de venta en pirámide las que prevé el artículo 24 de la Ley 3/1991, de 10 de enero, de competencia desleal, y, por lo tanto, son nulas de pleno derecho las condiciones contractuales contrarias a aquello que dispone este precepto.