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Ley Vigente

Artículo 32. Cancelación de las autorizaciones.

Artículo 32 de la Ley 10/2007, de 29 de marzo, de Medios Audiovisuales de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2007-10029

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-20.

Texto consolidado

La Consejería competente en materia audiovisual podrá cancelar las autorizaciones otorgadas para la prestación del servicio de difusión de radio y televisión por cable por los siguientes motivos:

a) A petición de su titular, siempre que haya sido notificada fehacientemente.

b) Por la pérdida de alguno de los requisitos exigidos para su otorgamiento. En este caso, la cancelación de la autorización requerirá la tramitación de un procedimiento con audiencia de la parte interesada.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-04-20.

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