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Decreto-ley Anulada

Artículo 32. Registro administrativo de comunidades de energía de Aragón.

Artículo 32 del Decreto-ley 1/2023, de 20 de marzo, de medidas urgentes para el impulso de la transición energética y el consumo de cercanía en Aragón. · BOE-A-2023-10880

Atención: Decreto-ley 1/2023 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Se crea el Registro administrativo de comunidades y mancomunidades de energía de Aragón, dependiente del Departamento competente en materia de energía.

2. Las comunidades y mancomunidades de energía deberán inscribirse, mediante declaración responsable, en el Registro administrativo de comunidades y mancomunidades de energía.

3. El Registro, que será público, se regulará por Orden del Departamento competente en materia de energía.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-21.

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