Artículo 32. Remanentes.
Artículo 32 del Decreto-Ley 1/2020, de 25 de marzo, del Gobierno de Aragón, por el que se adoptan medidas urgentes para responder al impacto generado por el COVID-19 en la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOA-d-2020-90072
Atención: Decreto-ley 1/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Revisada la justificación presentada por la Comarca y Ayuntamiento de más de veinte mil habitantes, si el importe total del gasto, al que habrá de deducirse el importe del superávit de 2019 de los ayuntamientos y comarca, resulta inferior al crédito transferido, el Instituto Aragonés de Servicios Sociales solicitará el reintegro de los importes no acreditados.
2. Dada la excepcionalidad de la situación de crisis sanitaria generada por el COVID-19 y la emergencia social por la que se ha procedido a la transferencia del crédito, no se contempla la exigencia del interés de demora alguno.