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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 32. Comunicación y cesión de datos.

Artículo 32 del Decreto Legislativo 1/2019, de 10 de enero, por el que se aprueba el texto refundido de las normas legales vigentes en materia de condiciones de acceso y disfrute de la prestación de renta garantizada de ciudadanía de Castilla y León. · BOCL-h-2019-90258

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-01-16.

Texto consolidado

1. Las administraciones públicas, en los términos previstos en la legislación reguladora de la protección de datos de carácter personal, se comunicarán los datos de este carácter relativos al titular y al resto de los destinatarios, con el consentimiento de los mismos, cuando su conocimiento sea necesario para el cumplimiento de fines directamente relacionados con las funciones legítimas de cedente y cesionario en relación con las actuaciones previstas en la presente ley.

2. Cuando la situación económica y patrimonial de los interesados deba acreditarse mediante certificaciones emitidas por la Administración tributaria estatal, los interesados autorizarán a los órganos competentes de la administración autonómica para que soliciten directamente dichas certificaciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-01-16.

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