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Real Decreto Legislativo Vigente

Artículo 312. Efectos de la modificación de la lista definitiva de acreedores.

Artículo 312 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal. · BOE-A-2020-4859

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-09-01.

Texto consolidado

1. La tramitación de la solicitud no impedirá la continuación de la fase de convenio o liquidación.

2. La modificación acordada no afectará a la validez del convenio que se hubiera podido alcanzar o de las operaciones de liquidación o pago realizadas antes de la presentación de la solicitud o tras ella hasta su introducción por resolución firme.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-09-01.

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