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Real Decreto Vigente

Artículo 31. Productos sujetos al marcado CE.

Artículo 31 del Real Decreto 98/2016, de 11 de marzo, por el que se regulan los requisitos de seguridad, técnicos y de comercialización de las motos náuticas, embarcaciones deportivas y sus componentes. · BOE-A-2016-2578

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2016-03-16.

Texto consolidado

Los productos indicados a continuación estarán sujetos al marcado CE cuando se comercialicen o pongan en servicio:

a) Embarcaciones;

b) Componentes que se introduzcan en el mercado por separado;

c) Motores de propulsión.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-03-16.

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