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Real Decreto Anulada

Artículo 31. Conocimiento del idioma.

Artículo 31 del Real Decreto 639/2014, de 25 de julio, por el que se regula la troncalidad, la reespecialización troncal y las áreas de capacitación específica, se establecen las normas aplicables a las pruebas anuales de acceso a plazas de formación y otros aspectos del sistema de formación sanitaria especializada en Ciencias de la Salud y se crean y modifican determinados títulos de especialista. · BOE-A-2014-8497

Atención: Real Decreto 639/2014 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los aspirantes nacionales de un Estado cuya lengua oficial no sea el castellano solo serán admitidos a las correspondientes pruebas si acreditan un conocimiento suficiente de dicha lengua a través de un título oficial que acredite que el nivel adquirido es, como mínimo, el C1 o C2, según la clasificación derivada del Marco Común Europeo de referencia para las lenguas, en los términos que se establezcan en cada convocatoria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-08-07.

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