Artículo 31. Asistencia de Académicos.
Artículo 31 del Real Decreto 542/2004, de 13 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando. · BOE-A-2004-9434
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-05-22.
Texto consolidado
Los Académicos Honorarios podrán asistir a las juntas ordinarias y extraordinarias, y los Correspondientes podrán asistir a aquéllas conforme disponga el reglamento.