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Real Decreto Derogada

Artículo 31. Criterios de admisibilidad.

Artículo 31 del Real Decreto 5/2018, de 12 de enero, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2019-2023 al sector vitivinícola español. · BOE-A-2018-433

Atención: Real Decreto 5/2018 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. De acuerdo con el apartado 1 del artículo 23 del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1150, de la Comisión, de 15 de abril de 2016, las comunidades autónomas examinarán las solicitudes basándose en los criterios de admisibilidad establecidos en el artículo 13 del Reglamento Delegado (UE) 2016/1149 de la Comisión, no pudiéndose incluir criterios de admisibilidad adicionales.

2. Asimismo requerirán al solicitante, en su caso, la presentación de la documentación o información a subsanar, o de la adicional pertinente.

3. A las solicitudes que no cumplan los requisitos de admisibilidad del apartado 1 se les aplicará el apartado 6 del artículo 23 del Reglamento de Ejecución (UE) 2016/1150, de la Comisión, de 15 de abril de 2016.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-01-14.

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