Artículo 31. Títulos nobiliarios.
Artículo 31 del Real Decreto 434/2024, de 30 de abril, por el que se aprueba el arancel de derechos de los profesionales de la Procura. · BOE-A-2024-8706
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-02.
Texto consolidado
En los procesos que versen sobre títulos nobiliarios o cualquier otro derecho de índole análoga, los derechos máximos a percibir serán de 902,84 euros.