Artículo 31.
Artículo 31 de la Ley 6/1998, de 30 de noviembre, de Consejos Escolares de la Región de Murcia. · BOE-A-1999-4975
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-12-16.
Texto consolidado
Los Consejos Escolares podrán solicitar información a la Administración educativa y a la Administración municipal del ámbito territorial correspondiente sobre cualquier materia que afecte a su campo de actuación.