Artículo 31. Órganos de gobierno y dirección.
Artículo 31 de la Ley 5/2023, de 22 de marzo, de Creación del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2023-15467
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-17.
Texto consolidado
1. Los órganos de gobierno de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 son el Consejo de Administración y su presidencia. Las personas integrantes de los órganos de gobierno no percibirán por su condición, retribución o compensación económica alguna.
2. La persona que ostente la titularidad de la dirección de la Agencia, preferentemente, deberá tener la condición de funcionario de carrera de cualquier Administración Pública perteneciente a cuerpos, grupos o escalas para cuyo ingreso se exija título superior.