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Ley Derogada

Artículo 31. Evaluación ambiental.

Artículo 31 de la Ley 5/2010, de 23 de junio, de prevención y calidad ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. · BOE-A-2010-11187

Atención: Ley 5/2010 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La evaluación ambiental de planes y programas se realizará conforme a lo establecido en la Ley 9/2006, de 28 de abril, sobre evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente, con las especialidades previstas en la presente ley y en su posterior desarrollo reglamentario.

2. La legislación reguladora de los planes y programas a los que resulte de aplicación la evaluación ambiental prevista en el presente capítulo introducirá en el procedimiento aplicable para su elaboración y aprobación un proceso de evaluación ambiental en el que el órgano promotor integrará los aspectos ambientales, que constará, al menos, de las siguientes actuaciones:

a) La elaboración de un informe de sostenibilidad ambiental.

b) La celebración de consultas.

c) La elaboración de la memoria ambiental.

d) La elaboración de una propuesta del plan o programa.

e) La publicidad y el seguimiento del plan o programa aprobado.

3. En aquellos casos en que no estuviese previsto un procedimiento para la elaboración y aprobación del plan o programa, o bien estando previsto dicho procedimiento no incluyera el proceso de evaluación ambiental del plan o programa, las Administraciones públicas competentes establecerán los procedimientos que garanticen la evaluación ambiental del plan o programa conforme a lo establecido en este artículo.

4. Reglamentariamente se regularán las especialidades del proceso de evaluación ambiental de los instrumentos de planeamiento territorial o urbanístico a los que resulte de aplicación la evaluación ambiental prevista en el presente capítulo. Dichas especialidades incluirán los preceptos establecidos al respecto en el Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo, en relación con la evaluación y seguimiento de los instrumentos de ordenación territorial y urbanística a efectos de la sostenibilidad del desarrollo urbano.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2010-09-24.

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