Artículo 31. Entidades prestadoras de servicios sociales en materia de infancia y adolescencia.
Artículo 31 de la Ley 4/2021, de 27 de julio, de Infancia y Adolescencia de Andalucía. · BOE-A-2021-13605
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-08-30.
Texto consolidado
Las entidades de iniciativa social y las entidades con ánimo de lucro definidas en el artículo 3 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre, para colaborar con las administraciones públicas de Andalucía en la prestación de servicios en materia de infancia y adolescencia, deben estar constituidas legalmente e inscritas en el Registro de Entidades, Centros y Servicios Sociales y reunir los requisitos que a tal fin se establezcan reglamentariamente.