Artículo 31. Del fuero procesal.
Artículo 31 de la Ley 4/2001, de 14 de marzo, del Gobierno de las Illes Balears. · BOE-A-2001-7026
Atención: Ley 4/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
De acuerdo con el Estatuto de Autonomía, la responsabilidad penal de los miembros del Gobierno es exigible en los mismos términos que se establezca para los Diputados del Parlamento de las Illes Balears.