El Vínculo El Vínculo.
Ley Derogada

Artículo 31.

Artículo 31 de la Ley 4/1992, de 17 de julio, de Policía del País Vasco. · BOE-A-2012-2258

Atención: Ley 4/1992 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

En su actuación profesional se regirán por los principios de jerarquía y subordinación, debiendo respeto y obediencia a las autoridades y superiores jerárquicos. Ello no obstante, se abstendrán de cumplir órdenes que entrañen la ejecución de actos que manifiestamente constituyan delito o sean contrarios a las leyes, sin que en tal caso pueda ser adoptada ninguna medida disciplinaria contra ellos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1992-08-12.

Más artículos de Ley 4/1992

En El Vínculo puedes leer Ley 4/1992 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.