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Ley Vigente

Artículo 31. Examen de las solicitudes de inscripción y de las declaraciones.

Artículo 31 de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil. · BOE-A-2011-12628

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-30.

Texto consolidado

En el examen de las solicitudes y de las declaraciones que se formulen, la Oficina Consular o General del Registro Civil verificará la identidad y capacidad de los solicitantes o declarantes y, en su caso, comprobará la autenticidad de la firma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-04-30.

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