Artículo 31. Servicios de asesoramiento y apoyo.
Artículo 31 de la Ley 2/2022, de 23 de febrero, de igualdad, reconocimiento a la identidad y expresión de género y derechos de las personas trans y sus familiares en la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-2022-3601
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-02-25.
Texto consolidado
La Comunidad Autónoma de La Rioja garantizará que las personas trans e intersexuales tengan acceso a servicios:
a) De información, orientación y asesoramiento legal y asistencia social.
b) De promoción de la defensa de los derechos y la lucha contra la discriminación en el ámbito social, cultural, laboral y educativo.
c) De asesoramiento del personal técnico o cuadros directivos de las organizaciones no lucrativas que atiendan sus necesidades.
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