Artículo 31. Tipos de infracciones.
Artículo 31 de la Ley 15/2009, de 22 de julio, de mediación en el ámbito del derecho privado. · BOE-A-2009-13567
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-08-19.
Texto consolidado
1. Las infracciones por incumplimiento de las prescripciones de la presente ley pueden ser leves, graves y muy graves.
2. Son infracciones leves los hechos a que hace referencia el artículo 30.c, d y e que no comportan perjuicios a las partes.
3. Son infracciones graves:
a) Los hechos a que hace referencia el artículo 30.a, b, g y h que no comportan perjuicios graves a las partes.
b) La reiteración de una infracción leve en el plazo de un año.
c) Los hechos a que hace referencia el artículo 30.c, d y e que comportan perjuicios leves a las partes.
4. Son infracciones muy graves:
a) Los hechos a que hace referencia el artículo 30.a, c y h que comportan perjuicios graves a las partes.
b) La reiteración de una infracción grave en el plazo de dos años.