Artículo 31.
Artículo 31 de la Ley 12/1985, de 13 de junio, de Espacios Naturales. · BOE-A-1985-14282
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1985-07-18.
Texto consolidado
Las designaciones de «parque nacional», «paraje natural de interés nacional», «reserva natural» y «parque natural» se emplearán únicamente para los espacios naturales que cumplan las condiciones establecidas por la presente Ley y, en su caso, por la legislación básica estatal.