Artículo 31. Ayuda externa.
Artículo 31 de la Ley 11/2009, de 30 de diciembre, de la Cámara de Cuentas de Aragón. · BOE-A-2010-2162
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-01-20.
Texto consolidado
Para la realización de estudios y actuaciones concretas, la Cámara de Cuentas podrá contratar, de acuerdo con la normativa aplicable en materia de contratos del sector público, los servicios de profesionales o empresas o suscribir contratos y convenios con la Universidad, centros públicos de investigación o colegios profesionales, asegurándose de que se den las suficientes garantías de independencia.