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Ley Vigente

Artículo 31. Principios de actuación.

Artículo 31 de la Ley 10/2005, de 31 de mayo, de Fundaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía. · BOE-A-2005-11281

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-09-17.

Texto consolidado

Las fundaciones están obligadas a:

a) Destinar efectivamente el patrimonio y sus rentas, de acuerdo con la Ley y sus Estatutos, a los fines fundacionales.

b) Actuar con criterios de imparcialidad, objetividad, igualdad y no discriminación en la determinación de sus beneficiarios.

c) Informar de manera generalizada de sus fines y actividades para el conocimiento de sus eventuales beneficiarios y demás interesados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-09-17.

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