Artículo 31. Finalización de las obras y ocupación o primera utilización.
Artículo 31 del Decreto-ley 8/2025, de 5 de diciembre, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears. · BOE-A-2026-487
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-07.
Texto consolidado
El órgano competente para aprobar los proyectos previstos en los artículos anteriores lo es también para certificar la ejecución correcta de las obras y para autorizar su ocupación o primera utilización.
Este acuerdo tiene los efectos previstos en la normativa urbanística, incluido el de permitir la contratación de servicios.
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