El Vínculo El Vínculo.
Decreto-ley Vigente

Artículo 30. Revocación de la declaración de PEIE.

Artículo 30 del Decreto-ley 8/2025, de 5 de diciembre, de medidas urgentes para acelerar proyectos estratégicos que contribuyan a la transformación económica de las Illes Balears. · BOE-A-2026-487

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-07.

Texto consolidado

En el caso de que el órgano promotor decida no continuar la tramitación del proyecto, haya sido autorizado o aprobado o no, debe proponer al Consejo de Gobierno o al pleno del consejo insular, según corresponda, que revoque la declaración de PEIE, con el fin de revertir los efectos de esta declaración y de la eventual aprobación del proyecto.

El ayuntamiento del municipio donde debe ubicarse el equipamiento o la infraestructura también puede solicitar al órgano promotor que inste su revocación en el caso de inactividad manifiesta para aprobar o ejecutar el proyecto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2025-12-07.

Más artículos de Decreto-ley 8/2025

En El Vínculo puedes leer Decreto-ley 8/2025 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.