Artículo 31. Financiación.
Artículo 31 del Decreto-ley 14/2020, de 22 de julio, de medidas para la activación de la demanda en la Comunidad Autónoma de Extremadura tras la crisis sanitaria. · BOE-A-2020-9744
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-07-28.
Texto consolidado
El importe total de crédito para este programa de ayudas es de 500.000 euros; y se financiará con cargo a la partida presupuestaria 140030000 G/341A/47000, Proyecto de gasto 20200288 denominado «Plan de Reactivación de la actividad económica», financiado por FEDER (100%), con origen PO 2014-2020.(Objetivo temático 3. Prioridad de inversión 3.c. «El apoyo a la creación y ampliación de capacidades avanzadas para el desarrollo de productos y de servicios»; Objetivo específico OE 3.3.1. «Apoyo a la creación y ampliación de capacidades avanzadas para el desarrollo de productos y servicios») de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2020.