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Real Decreto Derogada

Artículo 30. Personalidad, naturaleza y régimen jurídico del Consejo General.

Artículo 30 del Real Decreto 1912/2000, de 24 de noviembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de la Organización Colegial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local. · BOE-A-2000-22417

Atención: Real Decreto 1912/2000 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. El Consejo General, integrado por todos los Colegios territoriales, es el organismo representativo y coordinador superior de la organización colegial.

2. Goza a todos los efectos de la condición de corporación de derecho público constituida con arreglo a la Ley, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines.

3. La estructura interna y el funcionamiento del Consejo General, que serán desarrollados por su Reglamento de régimen interior y de conformidad con lo dispuesto en el presente Estatuto General, deberán ser democráticos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2000-12-14.

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