Artículo 30. Desarrollo de las actuaciones.
Artículo 30 del Real Decreto 1794/2008, de 3 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de procedimientos amistosos en materia de imposición directa. · BOE-A-2008-18544
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-06-10.
Texto consolidado
La autoridad competente española elaborará una propuesta inicial sobre el caso que se comunicará a la autoridad competente del otro Estado.
Su anterior numeración era art. 28.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2021-9558.