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Real Decreto Derogada

Artículo 30. Inventario.

Artículo 30 del Real Decreto 1418/2006, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios. · BOE-A-2006-21902

Atención: Real Decreto 1418/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

La Agencia formará y mantendrá actualizado su inventario de bienes y derechos, tanto propios como adscritos, con excepción de los de carácter fungible. El inventario se revisará, en su caso, anualmente con referencia al 31 de diciembre y se someterá a la aprobación del Consejo Rector.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-12-15.

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