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Real Decreto Derogada

Artículo 30. Modalidades de impartición de los programas formativos.

Artículo 30 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo. · BOE-A-2011-13118

Atención: Real Decreto 1147/2011 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Estos programas formativos se podrán desarrollar en dos modalidades:

a) En un centro docente público o privado autorizado por la Administración educativa.

b) En alternancia con la actividad en la empresa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-07-31.

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