Artículo 30. Régimen disciplinario.
Artículo 30 del Real Decreto 1035/2001, de 21 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos de España. · BOE-A-2001-18493
Atención: Real Decreto 1035/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
En virtud de la colegiación, los colegiados aceptan el régimen disciplinario del Colegio Oficial de Ingenieros Aeronáuticos de España, que integra las facultades de prevención y corrección de las infracciones de los deberes colegiales y de la deontología profesional que se describen a continuación.