Artículo 30. Clasificación de las infracciones.
Artículo 30 de la Ley 8/2005, de 30 de junio, reguladora del Transporte Urbano por Carretera de La Rioja. · BOE-A-2005-12880
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-12.
Texto consolidado
1. Constituyen infracciones administrativas de las normas reguladoras del transporte urbano, las acciones u omisiones de los distintos sujetos responsables tipificadas y sancionadas de conformidad con la presente Ley.
2. Las infracciones de la legislación reguladora de transporte urbano se clasifican en muy graves, graves y leves.