Artículo 30. Procedimiento sancionador.
Artículo 30 de la Ley 8/1995, de 6 de abril, de Accesibilidad y Supresión de Barreras Físicas y de la Comunicación. · BOE-A-1995-12103
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-05-14.
Texto consolidado
El procedimiento administrativo a seguir para la sanción de las infracciones previstas en la presente Ley será el determinado legal o reglamentariamente en el marco de los principios establecidos en la legislación de procedimiento administrativo común.