Artículo 30. Prescripción.
Artículo 30 de la Ley 5/1994, de 19 de julio, de supresión de barreras arquitectónicas y promoción de la accesibilidad. · BOE-A-1994-19656
Atención: Ley 5/1994 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las infracciones leves prescriben al año.
Las infracciones graves prescriben a los tres años.
El plazo de prescripción empezará a computarse desde el día en que se hubiera cometido la infracción.