Artículo 30.
Artículo 30 de la Ley 5/1991, de 5 de abril, de Protección de los Espacios Naturales. · BOE-A-1991-12093
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1991-05-07.
Texto consolidado
En los países protegidos y monumentos naturales la ordenación y las normas protectoras y de gestión quedarán establecidas en la propia norma de declaración de dichos espacios.